CLP1
¿Cuándo no corresponde indemnizar?
El pago de indemnización no corresponde si la causa de despido es por lo mencionado en el artículo 160 del Código del Trabajo: mala conducta del empleado, causar daños a la empresa, abandonar injustificadamente sus tareas.
Puntualicemos los conceptos a pagar.
• Indemnización sustitutiva del aviso previo.
• Indemnización del feriado anual o vacaciones.
• Indemnización por años de servicio.
¿Cuándo se cancela la indemnización sustitutiva del aviso previo?
Lo que se paga cuando se cumplan los siguientes requisitos:
• Que el contrato ha terminado por necesidades de la empresa.
• Que, además, el empleador no haya dado aviso de término con a lo menos 30 días de anticipación.
El monto de esta indemnización es el equivalente a la última remuneración mensual ganada por el trabajador.