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Nunca renuncies, ni menos firmes un finiquito

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Nunca renuncies. Si descubres que tu ambiente laboral es perjudicial para tus fines, es mejor que te autodespidas. -Nunca firmes finiquito sin antes consultar con un abogado, o persona que conozca el tema. Es importante que te asesores. Si decides firmar el finiquito, escribe siempre a un lado de l
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¡NUNCA RENUNCIES, ES MEJOR AUTODESPEDIRSE. NUNCA FIRMES FINIQUITO SIN CONSULTAR! -Si renuncias voluntariamente pierdes tus años de servicio. Incumplimientos más comunes de los empleadores. No pago de sueldos en fechas estipuladas, no pago de horas extras. No pago de estos conceptos: AFP, FONASA, AFC. El trabajador puede poner término a la relación laboral, exigiendo las indemnizaciones que correspondan. Años de servicio, carta de aviso previo, vacaciones. Como se ha mencionado reiteradamente, el autodespido es muy distinto a renunciar. Cuando renuncias, renuncias a todo. Renuncias a la posibilidad de demandar. No tienes derecho al pago de ningún tipo de indemnización. Se renuncia a todas las prestaciones que se deben. Causales del artículo 160: 1.- Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan en: autodespido se fundamente en los numerales 1, 5, 7 del Artículo 160.
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Abogados Salas Alcaldes, documentos para
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¿Cuáles son los documentos que se adjuntan en una demanda laboral? • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identificación, si tiene. • Acta de reclamo ante la Inspección del Trabajo (original). • Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo (original). • Carta de despido (si la tiene). Documentos sugeridos: • Contrato de trabajo y anexos (si lo posee). • Liquidaciones de sueldo. • Certificado histórico de cotizaciones de AFP (si es trabajadora de casa particular pedir el certificado de cuenta indemnizatoria por 4,11% de indemnización a todo evento). • Certificado de saldo de cuenta individual de AFC. • Certificado de cotizaciones previsionales acreditadas de cuenta individual por cesantía de AFC o antecedentes de afiliado registrado en AFC. • Cartola histórica de cotizaciones en Fonasa o ISAPRE. • Constancia realizadas ante la Inspección del Trabajo (si la posee). • Finiquito (si lo tiene).
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¿Te despidieron? ¿Trabajas sin contrato?
¿Te despidieron? ¿No te imponen? ¿Trabajas sin contrato? Si usted trabaja, y observa que no le hacen contrato, puede dejar una constancia en la Inspección del trabajo. Mientras espera firmarlo, procure conservar: Diálogos por whatsapp, email, Facebook, u otros medios con los jefes, los administradores, o el empleador. Conserve fotos que haya logrado sacar en el lugar de trabajo, con compañeros, o con los mismos jefes; si es con su ropa de trabajo, mucho mejor. Conserve los depósitos de cuenta Rut, los vales que firme por conceptos de sueldos, si le pagan por mano, exija que le den un comprobante del pago. Intente sacar fotos al libro de firmas, si existiese, si puede grabar, (discretamente), algunas conversaciones con él, o, los jefes más directos. El hecho administrativo, de la "tramitación de su visa de trabajo", no es impedimento para que le paguen los conceptos previsionales AFP, AFC, FONASA, su sueldo, los bonos, o los acuerdos monetarios que tenga con el empleador.
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